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Las
Autoridades residentes en América
El
Virrey
Era el representante del Rey y la máxima autoridad radicada
en América. Entre las principales misiones y funciones
cabe destacar las de administrar y defender el VIRREYNATO.
Aplicaba y reglamentaba las leyes y decretos, disponía
sobre algunos empleos, concedía Tierras en nombre del
Rey (mercedes), se encargaba de la protec ción de los
indios. El período de ejercicio del VIRREY era de 3
a 6 años. Hasta el año de 1776 la provincia de Catamarca
estaba en el área de influencia del VIRREYNATO del PERU,
a partir del mismo año pasó a depender del VIRREYNATO
DEL RIO de la PLATA creado en la fecha indicada.
El
Gobernador
Este
funcionario era designado por el REY. Tenía asignado
un sueldo y su autoridad se extendía sobre una porción
de territorio llamada GOBERNACION (Por ejemplo: GOBERNACION
DE CHILE). Su jurisdicción también comprendía asuntos
judiciales y militares, porque era además de GOBERNADOR,
JUSTICIA MAYOR y CAPITAN GENERAL. Entre los años 1550
y 1563 Catamarca perteneció a la Gobernación de Chile;
desde 1563 empezó a depender de la Gobernación de Tucumán.
El
Teniente de Gobernador
El GOBERNADOR tenía un delegado, el TENIENTE DE GOBERNADOR,
éste administraba, en nombre del primero, una ciudad
o una re gión. El gobernador necesitaba generalmente
delegar obligaciones a TENIENTES DE GOBERNADOR para
poder ejercer un mejor control en los territorios bajo
su poder. En muchos casos eran fundadores de ciudades,
encomendados por el gobernador.
El
Capitán General
El CAPITAN GENERAL era también PRESIDENTE DE LA AUDIENCIA,
por ello se lo llamaba CAPITAN GENERAL o PRESIDENTE.
Tenía los mismos derechos y restricciones que los VIRREYES,
la diferencia estaba en que las regiones sobre las que
ejercía su poder eran de menor importancia. Generalmente
se trataba de partes de algún virreynato que por razones
de orden administrativo o estratégico, eran delegados
a un funcionario con el rango de CAPITAN GENERAL.
La
Audiencia
Se trataba de un tribunal Judicial que atendía los pleitos
civiles y criminales de mayor envergadura, controlaba
ante apela ción, los fallos o sentencias de los ALCALDES
de CABILDO y de las otras autoridades judiciales. Cuando
se trataba de asuntos civiles cuyos intereses eran muy
importantes, era factible dar intervención al CONSEJO
DE INDIAS (cuya sede estaba en Madrid). En América LA
AUDIENCIA era el tribunal Judicial de mayor importancia:
oficiaba de consejero, en asuntos políticos del VIRREY
o del CAPITAN GENERAL, y ante apelación o solicitud
de la parte interesada fiscalizaba las decisiones tomadas
por éstos.
El
Consulado
Entendía en los asuntos MERCANTILES. Esta institución
había sido establecida en América por la CASA DE CONTRATACION,
cuya sede estaba en SEVILLA. Estimulaba mediante premios
a la INDUSTRIA y al COMERCIO, mantenía la Escuela de
Técnica y hacía obras para la utilización de la comunidad.
Regía la actividad comercial.
El
Cabildo
Desempeñaba varias de las funciones que en la actualidad
desempeña la municipalidad (trataba de mantener la higiene,
el ornato, la estética y el progreso de la ciudad o
poblado donde existía). También recibía el nombre de
AYUNTAMIENTO. Tenía la misión de fijar los precios máximos
de los artícu los de primera necesidad. Prestaba vigilancia
para mantener el orden público, y en los casos de guerra
organizaba el ejército. Constituían el CABILDO, un ALCALDE
de 1er. Voto, quién lo presidía, uno de 2do. Voto (Suplente),
que lo reemplazaba en caso de ausencia, y por un cuerpo
de VOCALES o REGIDORES que podían, en número, ser desde
seis hasta veinticuatro.
Cabildo
Cerrado
Se llamaba así cuando sesionaba sólo con sus miembros
constitutivos (El Alcalde y los Vocales o Regidores).
Cabildo
Abierto
Se denominaba de esta manera cuando para tratar asuntos
graves, se convocaba a los vecinos de mayor prestigio
en el atrio de alguna iglesia o en la Casa Municipal.
El cabildo de Catamarca estuvo en vigencia entre los
años 1683 y 1828.
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